miércoles, 8 de junio de 2016

ARTE DEL DERECHO  
De mi encuentro con mis compañeros americanos que la de  comunicarles mi amor por la palabra, el largo viaje estaría  plenamente justificado. Filósofos y juristas al hablar continuamente de representación y de representar semejan al  campesino que, hallando una moneda bajo la tierra, no observa sus figuras y no estima su precio. Veremos, más tarde,  el valor del presente; sin embargo, ahora se comprende, re- flexionando, que la representación implica un alargamiento  del presente, es decir, la extensión del presente a algo que,  no siendo presente, no puede ser más que pasado o futuro. Veremos, digo, cómo puede explicarse esta especie de milagro;  contentémonos ahora con observar la palabra con una especie  de religión. Ahora bien, la potencia representativa de la ley  jurídica y, por tanto, del arte del derecho supera, si no me  engaño, aquella de cualquier otro arte y el legislador merece  la calificación de artista todavía más propiamente que el  poeta o el pintor, porque no tanto describe al pueblo lo que  seguirá naturalmente al bien y al mal, que hizo el hombre,  es decir, le explica la ley moral, cuanto porque adelanta la  consecuencia futura de este bien o de este mal juntando a  la consecuencia natural una consecuencia artificial del hecho  humano.   Así se comporta el legislador porque el hombre teme  al hombre más de lo que teme a Dios. El mal, que seguirá, naturalmente, al mal, tarda muchas veces en llegar  porque Dios (que, según la sabiduría del pueblo, "no paga  el sábado") es der Künstler des Wartens, el artista de la espera, como he leído en una página inolvidable de LIPPERT;  y la insuficiencia del hombre, sobre todo, se manifiesta como defecto de paciencia. No bastaría la incredulidad sin  este otro defecto para justificar la necesidad de la estructura  de la ley jurídica, como traté ahora de explicarla. Una diferencia, pues, se encuentra ciertamente entre las  dos leyes, natural y jurídica; todavía no puede formularse  en los términos corrientes: es decir, francamente, con la definición de la escuela de Viena. Tanto una como otra ley  representa, a la vez, lo que es y lo que debe ser. También  la ley jurídica representa una consecutio necessaria del futuro al pasado. No hay diferencia entre ellas bajo este as- pecto. La diferencia debe buscarse en otra parte. Y para  hallarla son todavía las palabras las que deben guiamos.   Una de esas palabras, en el binomio corriente, es el adjetivo natural. ¿Lo contrario de natural no es artificial? A  la naturaleza se opone justamente el arte. El arte se junta  a la naturaleza para enriquecer el mundo. Y enriquecer el  mundo es la tarea del hombre. El legislador, como el pintor  con sus cuadros o el escultor con sus estatuas, ejecuta esta  tarea con sus leyes. El pintor o el escultor, para cumplirla  construyen una cosa nueva teniendo ante sus ojos un modelo.  También el mecánico es, al lado del pintor o del escultor,  un artista. El mecánico fabrica el fantoche automático estudiando al hombre como lo estudia el escultor o el pintor.  Y la ley jurídica respecto de la ley natural semeja al fan- toche respecto del hombre.